Las personas mayores de edad, nacidas dentro de la jurisdicción del Consulado General del Perú en Washington D.C. (Maryland, Virginia, West Virginia, Kentucky, Delaware y el Distrito de Columbia), hijos de padre o madre PERUANOS POR NACIMIENTO DE NO MAS DE TERCERA GENERACION, pueden ser inscritos en el Registro de Nacimientos de este Consulado General.
En caso que el nacimiento se haya producido en un Estado distinto a los arriba descritos, la partida de nacimiento original debe ser legalizada por parte del Consulado peruano correspondiente o apostillado en la secretaría de Estado de su jurisdicción, como paso previo a su inscripción en Washington D.C.
Este registro puede ser solicitado por ambos padres, un solo padre, o el titular (persona mayor de edad que desea ser registrada como peruano).
Requisitos Obligatorios:
- Requisito 1: Descargue los siguientes "Formularios”, los tiene que llevar lleno el día de su cita.
- Requisito 2: Presencia del solicitante (ambos padres, un solo padre, o el titular) quien deberá identificarse con DNI si es peruano, o pasaporte o identificación estatal si es extranjero VIGENTES (los nombres en la identificación a presentar deben ser los mismos que obran en la partida de nacimiento).
- Requisito 3: Presentar la partida de Nacimiento ORIGINAL (Birth Certificate) del mayor de edad a inscribir y partida de Matrimonio ORIGINAL de los padres, si la partida de matrimonio de los padres es emitida en el extranjero debe ser apostillado y si es emitida en Perú no necesita ser apostillado. En caso, dicho matrimonio se hubiera celebrado en el exterior (Estados unidos de America) tiene que ser apostillado. Dichas partidas se quedará en el consulado.
- Requisito 4: Traer 1 fotografía reciente, tamaño pasaporte, a colores, con fondo blanco, de frente, sin anteojos ni prendas en la cabeza.
- Requisito 5: Partida de nacimiento estadunidense en perfecto estado, cualquier imperfección dará lugar a que la partida sea rechazada. Si la partida fue emitida en un Estado que no corresponde a la jurisdicción de esta oficina consular, dicha partida debe ser apostillada o legalizada por el Consulado correspondiente.
- Requisito 6: Es obligatorio subir como documentos adjuntos imagen de los documentos de identidad de los padres y de la partida de matrimonio.